Para la realización del aprovechamiento tan sólo es necesario comunicarlo al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia correspondiente, mediante una declaración responsable en la que se acredite que es un aprovechamiento maderable de turno corto, es decir, menor de 20 años.
Se podrá comenzar a cortar al día siguiente sin necesidad de esperar ninguna respuesta, siempre y cuando sea un día hábil , y no haya restricciones por encontrarse situado el lugar del aprovechamiento en un Área Natural Protegida o por motivos de conservación de especies amenazadas. (Se recomienda consultar estas circunstancias en el Servicio Territorial de Medio Ambiente correspondiente antes de iniciar el aprovechamiento)
Para realizar la declaración responsable se emplearán los formularios normalizados que estarán disponibles en los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, en las Oficinas de las Comarcas Forestales y en la web https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
Por otra parte, si el aprovechamiento se localiza dentro de la zona de policía, de la zona de servidumbre o del cauce de un curso de agua, es necesaria la autorización de la Confederación Hidrográfica correspondiente. En las zonas de afección de carreteras (100 metros en autopistas, autovías y vías rápidas, 50 metros en carreteras estatales y 30 metros en las no estatales, medidos desde la arista exterior de la explanación), se necesita, además, autorización del órgano titular de la carretera